¿De qué es responsable la Iglesia Católica?
Un argumento muy comúnmente esgrimido por quienes defienden la “santidad” de la Iglesia Católica frente a los casos de encubrimiento y abusos sexuales es que “La Iglesia no comete errores, los que cometemos errores son las personas que la integramos”. Es decir, que cuando los miembros de una institución cometen actos despreciables de abuso y encubrimiento, en realidad no se puede decir que ésta es mala sino que algunos de sus miembros son malos. Lo mismo afirma el rabino Jack Bemporad. Dice, con sus propias palabras:
No se puede condenar colectivamente a la Iglesia por lo que algunos sacerdotes e individuos en ella podrían haber hecho.
Mi pregunta es, entonces. Si no se puede condenar a la Iglesia colectivamente por lo que algunos individuos hacen en ella, ¿se la puede elogiar por lo que algunos individuos hacen en ella?. Es innegable que las distintas instituciones religiosas hacen cosas buenas en el mundo. Muchas iglesias tienen comedores comunitarios, programas de construcción de hogares y tienen una infraestructura importante que permite donaciones. Pocos Católicos se sentirían cómodos admitiendo que todas estas buenas acciones no justifican aprobación a la Iglesia colectivamente. De hecho, es el argumento central del Arzobispo John Onaiyekan en el debate “¿La Iglesia Católica es una fuerza de bien en el mundo?”.
Pero en realidad todas las buenas acciones que comenta Onaiyekan son realizadas por personas; “la Iglesia Católica” es un concepto abstracto que no puede realizar acciones. Es la gente la que construye viviendas y dona su tiempo y dinero para ayudar al prójimo, no la institución a la que pertenecen. Decir que una institución sea responsable de las acciones buenas de sus miembros pero no de las malas es un doble estándar. Pero esta es la esencia del argumento, el defensor de la IC quiere quedar bien con dios y con el diablo.
Se podría argumentar que, mientras que la IC tiene como política oficial la financiación de comedores y demás obras de beneficencia, no hay una orden oficial de abusar niños y encubrir los actos. Pero la realidad es otra: desde 1962 está en vigor el código instaurado por la Congregación para la Doctrina de la Fe en su carta Crimen sollicitationis. En esta se detalla el proceso que debe llevarse a cabo para juzgar a los curas pedófilos, incluyendo una cláusula de “el más estricto secreto” so pena de excomunión que no sólo se aplica a los acusados sino también a las víctimas.
Si la IC es elogiable por sus políticas de (muy dudosa) beneficencia, entonces es condenable por sus políticas de encubrimiento. Si la IC no es condenable por sus políticas de encubrimiento, entonces no es elogiable por sus políticas de beneficencia. ¿Cuál preferirán?
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